Regularización extraordinaria de personas migrantes en España

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El proceso se ha aprobado y publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones del Gobierno de España ha habilitado además un portal específico sobre el procedimiento.

El Gobierno de Canarias también ha habilitado una página donde se puede encontrar información útil sobre el proceso de regularización.

¿Qué es la regularización extraordinaria?

El Gobierno de España ha aprobado mediante Real Decreto, un procedimiento extraordinario para facilitar el acceso a una autorización de residencia y trabajo a personas extranjeras que viven en España sin autorización administrativa.

Esta medida busca reconocer situaciones de vida ya consolidadas en el país, favoreciendo la integración social, el acceso a derechos y la estabilidad laboral conforme al artículo 31.3 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, según el cual «La Administración podrá conceder una autorización de residencia temporal por situación de arraigo, así como por razones humanitarias, de colaboración con la Justicia y otras circunstancias excepcionales que se determinen reglamentariamente»

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La documentación oficial establece que el plazo de presentación de solicitudes comienza el jueves 16 de abril en la modalidad telemática, y el lunes 20 de abril de manera presencial y finaliza el 30 de junio de 2026.
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El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha habilitado un simulador de requisitos para que las personas puedan comprobar de manera previa si pueden acceder al proceso de regularización extraordinaria.
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La documentación oficial establece que el plazo de presentación de solicitudes comienza el jueves 16 de abril en la modalidad telemática, y el lunes 20 de abril de manera presencial y finaliza el 30 de junio de 2026.
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El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha habilitado un simulador de requisitos para que las personas puedan comprobar de manera previa si pueden acceder al proceso de regularización extraordinaria.

¿Dónde presentar las solicitudes?

Modalidad online

Modalidad online

La vía telemática permitirá realizar solicitudes durante todo el proceso desde la página web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones con el certificado digital.
La vía telemática permitirá realizar solicitudes durante todo el proceso desde la página web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones con el certificado digital.

Modalidad presencial

Modalidad presencial

Para presentar las solicitudes de manera presencial, debe primero solicitar cita previa a través de las siguientes vías, definidas en el siguiente enlace:

— Llamando al número 060 (solo atiende en español).

— A través de enviar el formulario (enlace)

— A través del sistema Cl@ve (enlace)

Las oficinas donde podrá presentarse la solicitud serán las de Correos determinadas, una oficina por provincia de la Seguridad Social y las oficinas de Extranjería que se determinen.

 

Para presentar las solicitudes de manera presencial, debe primero solicitar cita previa a través de las siguientes vías, definidas en el siguiente enlace:

— Llamando al número 060 (solo atiende en español).

— A través de enviar el formulario (enlace)

— A través del sistema Cl@ve (enlace)

Las oficinas donde podrá presentarse la solicitud serán las de Correos determinadas, una oficina por provincia de la Seguridad Social y las oficinas de Extranjería que se determinen.

 

Oficinas de

Correos

Provincia de Santa Cruz de Tenerife
Tenerife: 

  • Adeje, calle Tinerfe el Grande, 34, 38670. (mapa)
  • Arona, calle Luis Alvarez Cruz, 6, 38630 Costa del Silencio. (mapa)
  • Granadilla de Abona, plaza de Galicia 1, 4, 38612 El Médano.(mapa
  • Arona, calle Roque de Jama, 16, 38650 Los Cristianos. (mapa
  • San Cristóbal de la Laguna, calle Santo Domingo, 5, 38201. (mapa)
  • San Cristóbal de la Laguna, carretera general de La Cuesta, 120, 38108, Taco. (mapa
  • Granadilla de Abona, avenida Abona, 9, 38611, San Isidro (Edif. Arganda). (mapa
  • Santa Cruz de Tenerife, Plaza de España, 2, 38003. (mapa)
  • Santa Cruz de Tenerife, calle de Enrique Wolfson, 34, 38004. (mapa
  • Santa Cruz de Tenerife, avenida Islas Canarias, 125, 38007. (mapa

La Gomera:

  • San Sebastián de La Gomera, calle El medio, 60, 38800. (mapa)

La Palma:

  • Santa Cruz de la Palma, avenida los indianos, 0, 38700. (Dársena Del Muelle Deportivo, La Marina) (mapa)

El Hierro:

Villa de Valverde, calle particular CORREO, 3, 38900. (mapa)

Provincia de Las Palmas

Gran Canaria:

  • Las Palmas de Gran Canaria, avenida Primero de Mayo, 62, 35002. (mapa
  • Las Palmas de Gran Canaria, calle Anzofé, 18, 35009. (esquina con calle Gordillo) (mapa
  • Las Palmas de Gran Canaria, Carretera General A Tamaraceite, 60, 35018 Tamaraceite. (mapa
  • Las Palmas de Gran Canaria, calle Echegaray, 58, 35011. (mapa
  • Las Palmas de Gran Canaria, calle Granadera Canaria, 28, 35001. (mapa
  • Las Palmas de Gran Canaria, calle Bernardo de la Torre, 30, 35007. (mapa
  • San Bartolomé de Tirajana, avenida de Tirajana, 37, 35100 Maspalomas. (mapa
  • Telde, calle Párroco Hernández Benítez, 2, 35200. (mapa
  • Santa Lucía de Tirajana, avenida de Canarias, 145, 35110 Vecindario. (mapa

Lanzarote:

  • Arrecife, calle Manolo Millares, 2, 35500. (esquina con calle Caldera de Taburiente). (mapa
  • Tías, Puerto del Carmen, calle Manguia, 2, 35510. (mapa)

Fuerteventura:

  • Puerto del Rosario, calle Canalejas, 2, 35600. (mapa)
  • Morrojable, calle Buenavista, 5, 35625. (mapa)
Oficinas de la

Seguridad Social

Provincia de Santa Cruz de Tenerife
Santa Cruz de Tenerife: Calle Garcilaso de la Vega, 15, 38005, Santa Cruz de Tenerife. La oficina identificada es INSS – CAISS nº 2
Provincia de Las Palmas
Las Palmas de Gran Canaria: Calle Presidente Alvear, 38-40, 35007, Las Palmas de Gran Canaria. La oficina identificada es INSS – CAISS nº 2.

¿Dónde obtener el certificado de vulnerabilidad?

La situación de vulnerabilidad es una de los cuatro requisitos que se solicitan en el proceso de regularización.  Solo se tiene que cumplir uno, por lo que únicamente se tendrán que acoger a él las personas que no cumplen con ninguno de los otros tres.

El certificado de vulnerabilidad que lo acredita podrá realizarse por los equipos técnicos de servicios sociales, así como por las entidades del tercer sector que figuran en el Registro Electrónico de Colaboradores de Extranjería.

Fuerteventura
Asociación Socio Cultural entre Mares

Federación de Asociaciones de Mujeres Arena y Laurisilva (online)

Fundación Cepaim Acción Integral con Migrantes*

* CEPAIM está atendiendo personas derivadas de otras entidades, a través del envío de una hoja de derivación.

 

Accede a la ubicación de las entidades del tercer sector que se relacionan en los desplegables para cada una de las islas.

¿Quién puede beneficiarse?

El procedimiento se dirige, de manera general a las personas que se identifican con las siguientes situaciones, siempre y cuando cumplan con lo establecido en el Real Decreto (detallado a continuación):

1. Personas extranjeras que presentaron una solicitud de protección internacional antes del 1 de enero de 2026.

2. Personas extranjeras en situación administrativa irregular que estuvieran en España antes del 1 de enero de 2026.

 

También se tendrán en cuenta, de manera específica, las siguientes situaciones:

a. Hijos e hijas mayores de dieciocho años y ascendientes de primer grado (padre y madre), que sean familiares de una persona con nacionalidad española.

b. Personas menores de edad acompañadas y no acompañadas.

c. Personas titulares de una autorización de residencia por razones humanitarias.

d. Personas que ya han presentado una solicitud de autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales antes de la entrada en vigor de este Real Decreto y que no han sido aún resueltas.

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El Real Decreto define dos supuestos que impiden acceder al procedimiento:

  • Personas que sean o hayan sido titulares de una autorización de residencia al amparo de la protección por el conflicto de Ucrania.

 

  • Personas dentro de un procedimiento de concesión, prórroga, renovación o modificación de autorizaciones de estancia o residencia.
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El Real Decreto define dos supuestos que impiden acceder al procedimiento:

  • Personas que sean o hayan sido titulares de una autorización de residencia al amparo de la protección por el conflicto de Ucrania.

 

  • Personas dentro de un procedimiento de concesión, prórroga, renovación o modificación de autorizaciones de estancia o residencia.

¿Qué ocurre si presentas la solicitud?

Una vez presentada la documentación necesaria:

    1. Se concede una autorización provisional mientras llega la resolución del procedimiento.
    2. Esta autorización permitirá residir y trabajar en cualquier sector en España.
    3. El plazo de resolución previsto será de aproximadamente tres meses.
En el caso de que la persona solicitante al entregar la documentación demuestre que no ha recibido aún el certificado de antecedentes penales solicitado, se abre un nuevo escenario:

    1. El órgano tramitador solicita la intermediación ministerial para que se contacte a la autoridad competente del país de origen o países correspondientes el certificado de delitos penales.
    2. Desde que se produce la solicitud ministerial, se espera hasta tres meses para recibir dicho documento y, en el caso de no recibirlo en ese tiempo, se le comunica a la persona solicitante que en quince días debe aportar el certificado de delitos penales o se rechazará su solicitud de autorización.
En caso de resolución favorable:

– Se otorga una autorización de residencia y trabajo válida en todo el territorio español.

– La duración inicial es de un año.

– Durante el mes posterior a la aceptación de la autorización, la persona debe solicitar la tarjeta de identidad extranjera (TIE) aportando el resguardo de su resolución y, solo en el caso de ser solicitante de protección internacional, también su renuncia.

– Durante los dos meses previos a que caduque la autorización y los tres meses posteriores, se puede presentar una solicitud para extenderla un año y se mantiene la autorización hasta que se resuelva la solicitud.

– En el caso de no cumplir con lo anteriormente descrito, se puede mantener la autorización un año demostrando que se está en búsqueda activa de empleo e inscrito en el servicio público de empleo o aportando un informe de esfuerzo de integración de la Comunidad Autónoma en la que se reside.

– Se puede extender la autorización cuatro años si se demuestra la imposibilidad de acceder al empleo por circunstancias como enfermedad grave o discapacidad de la persona solicitante, de su cónyuge o descendiente de primer grado menor de edad o mayor de edad a cargo por incapacidad, así como alcanzar la edad de jubilación.

– La autorización aprobada supone que se cancela cualquier proceso de expulsión o devolución previo.

En caso de resolución desfavorable:

– En caso de que la solicitud estuviera incompleta, se formula un requerimiento a la persona solicitante para corregir los defectos. Se permiten hasta quince días para modificarlos, si no se cumple con ese tiempo se archiva el expediente.

– Si han transcurrido tres meses desde el registro de la solicitud de autorización y no se ha notificado la resolución favorable, quiere decir que la solicitud ha sido rechazada.

– La solicitud denegada significa la pérdida automática del permiso provisional de trabajo que se tenía mientras llegaba la resolución.

– Si la persona solicitante durante el proceso de solicitud trabaja por cuenta ajena, debe poner en conocimiento de la persona empleadora la pérdida de su permiso provisional de trabajo.

¿Qué información importante debes tener en cuenta para evitar fraudes?

Las citas previas son gratuitas

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Acude al registro de entidades oficiales para conocer quiénes pueden tramitar de manera oficial el certificado de vulnerabilidad

Consulta solo páginas web de entidades oficiales e instituciones para conocer los detalles de cada situación